
Artículo 36 DE LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
Las candidaturas a Presidente de la Agrupación deberán presentarse ante la Junta Electoral en los diez días siguientes a la fecha de la convocatoria, y deberán ir acompañadas, al menos, de los siguientes documentos:
• Declaración jurada de que el candidato reúne los requisitos exigidos por los Estatutos.
• A val firmado por al menos la décima parte de las Entidades Agrupadas.
• Certificado de la Entidad a la que pertenezca, en el que conste que lleva al menos cinco
años con participación activa en la misma y de haber pertenecido a su Junta Directiva.
• Relación de personas con las que pretenda formar Junta Directiva conforme a lo dispuesto en el articulo 25, y la documentación acreditativa de que cumplen los requisitos exigidos en el articulo 41 para ser miembro de la Junta Directiva.
• Informe o resolución del Consiliario de la Agrupación, previas las consultas que estime pertinentes, expresiva de que ni el candidato ni ninguna de las personas incluidas en dicha relación incurren en alguna de las causas de incompatibilidad o cese recogidas en los presentes Estatutos o en el Derecho Canónico.
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